AlDiaVzla: Uganda aprueba pena de muerte contra “homosexualidad agravada”

El presidente de Uganda, Yoweri Museveni, promulgó este lunes una ley contra las relaciones homosexuales que contempla la pena de muerte en el caso de enfermedades de transmisión sexual a través del sexo gay o con menores de edad.

Pese a que las relaciones entre personas del mismo sexo ya eran ilegales en más de 30 países de África, incluido  Uganda, la Ley aprobada el 21 de marzo hacia la comunidad LGTBI estima también la aplicación de sentencias de 20 años por  “promover” la homosexualidad hasta la pederastia.

De acuerdo con la agencia DW, la propuesta fue aprobada tras la revisión solicitada por el presidente Museveni, quien instó a los parlamentarios a precisar en el texto que no es un crimen “ser homosexual”.

En una versión ligeramente modificada, aprobada por unanimidad menos un voto, los parlamentarios incluyeron en el texto que «una persona de la que se presuma o sospeche que es homosexual, que no haya cometido un acto sexual con otra persona del mismo sexo, no comete el delito de homosexualidad».

En este sentido, la enmienda aclara que la orientación sexual no es delito, sin embargo, aclara que los “actos” podrán ser castigados con severidad.

Luego de conocerse la aprobación por parte del Gobierno ugandés, la legislación generó fuertes críticas desde las ONG y algunos países de Occidente, entre ellos Estados Unidos.

“Homosexualidad agravada”

Los legisladores mantuvieron una disposición que considera la «homosexualidad agravada» como delito capital, lo que significa que los reincidentes podrían ser condenados a muerte, medida que no ha sido aplicada en la nación africana desde hace muchos años, refiere la agencia France 24.

La disposición sobre la «promoción» de la homosexualidad generó preocupación principalmente desde las organizaciones de defensa de los derechos de los homosexuales.

Según el texto, cualquier persona -individuo u organización- que «promueva a sabiendas la homosexualidad» puede ser condenada a hasta 20 años de prisión. En el caso de una organización, la pena es de diez años de prohibición.

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